Existen cuatro líneas de transporte, cada una cuenta con una persona encargada del cuidado del alumnado. Consulta las rutas y normativa aplicable.
Rutas
- Ruta 91: Venta Puga, Barganiza 1, Iglesia Pruvia, La Torre, Tres Hermanos-Pruvia, Finanzauto, Soto de Llanera
- Ruta 414: Urb. Soto de Llanera I, Urb. Soto de Llanera II, Motel Latino–Pruvia, I.T.V.
- Ruta 32100: Pando Iglesia, Casa Trina, Castañera, La Bérvola, Casa Huergo, Posada de Llanera, Casa Viesca, El Puente, La Bolera, Santa Rosa Ecole, Santa Rosa Túnel, Santa Rosa (Marquesina), Fonciello
- Ruta 220: Piles, La Peña–Villardevello, Veyo, Casa Roza, La Miranda, Villabona, Villabona–Cruce Rotella, La Vega, La Vega–Cruce Cigoña 2, Remoria, Robledo, Castiello I, Castiello II, Castiello III
- Ruta 35019: Soto de Llanera I – Soto de Llanera – Edificios
Itinerarios
- Líneas de transporte en formato JPG
- Líneas de transporte en formato KML
- Líneas de transporte en formato PDF
Normas del transporte
Todo el alumnado del centro que utilice el servicio de Transporte Escolar deberá atenerse a las siguientes normas:
- Sólo se podrá subir al autobús cuando el/la monitor/a correspondiente dé su autorización.
- El alumnado más pequeño ocupará siempre los asientos delanteros a partir de la primera fila.
- Cada alumno o alumna tendrá un sitio fijo que no podrá modificarse sin la autorización de el/la monitor/a.
- Nadie deberá levantarse del vehículo hasta que esté completamente parado.
- El alumnado usuario del transporte que por cualquier motivo no vaya a hacer uso del mismo, deberá comunicarlo a el/la monitor/a, a su tutor o tutora y a la jefatura de estudios con la correspondiente autorización en la que declinan hacer uso.
- El alumnado respetará y obedecerá al conductor y a el/la monitor/a en todo momento. Ellos están velando por su seguridad.
- Ningún alumno o alumna deberá cruzar la valla del transporte hasta que el/la monitor/a lo autorice.
- Una vez que los autobuses hayan arrancado, no se podrá bajar bajo ningún concepto.
- Ante cualquier caso puntual, el interesado o interesada podrá entrevistarse con los/las monitores/as del autobús en las dependencias del Centro, mediante solicitud previa a la Dirección del Colegio. Nunca lo hagan al llevar a los alumnos al transporte, cuando ellas están desarrollando su labor.
- No está permitido subir o bajar en una parada diferente a la asignada para el alumno o alumna.
Normativa aplicable
Resolución de 12 de mayo de 2021 de la Consejería de Educación y de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, por la que se regula la prestación del servicio de transporte escolar para el alumnado de centros docentes públicos no universitarios del Principado de Asturias.
Consultar resolución